Derecho mercantil y societario

La sede de París de MATIZ Abogados presta asesoramiento jurídico desde una perspectiva integral a empresas que desarrollan su actividad en Francia y necesitan apoyo jurídico en derecho francés.

Nuestro equipo de abogados del área mercantil y societaria está formado por abogados plurilingües y con formación internacional.

Nuestro asesoramiento incluye:

  • Asesoramiento integral en implantación de empresas en Francia
  • Derecho societario
  • Contratación mercantil internacional

Implantación de empresas en Francia

Nuestra asistencia en el ámbito de la implantación de empresas en Francia incluye la constitución de sociedades mercantiles y sucursales[1] en territorio francés, asesorando a los clientes en la elección de la forma societaria que mejor se adapta a la actividad de la nueva entidad y dando soporte en el proceso de inscripción de la empresa en el Registro mercantil francés correspondiente[2].

En lo relativo a la forma societaria bajo régimen jurídico francés, por un lado, existen estructuras unipersonales (de un solo socio), como la sociedad anónima simplificada unipersonal o la sociedad de responsabilidad limitada unipersonal, y por otro, estructuras pluripersonales (de dos o más socios), como la sociedad anónima simplificada SAS, la sociedad anónima SA, o la sociedad de responsabilidad limitada SARL, etc.

[1] Una sucursal es una extensión de la empresa matriz. No tiene personalidad jurídica propia y su autonomía es limitada. En cambio, una filial es una empresa con personalidad jurídica propia.

[2] El registro contiene toda la información relativa a los comerciantes y las empresas: ya sean personas jurídicas o físicas, el ejercicio de una actividad de carácter comercial requiere la inscripción en el Registro Mercantil (RCS).

En cuanto a las estructuras pluripersonales, los dos tipos de sociedades más utilizados en Francia son: la SARL (société à responsabilité limitée) y la SAS (société par actions simplifiée).

La sociedad de responsabilidad limitada

(SARL)

La SARL está formada por al menos dos socios y la responsabilidad de estos se limita al importe de su aportación[1].

Entre sus características principales, la SARL permite la creación de una empresa con una aportación mínima flexible, ya que la cuantía del capital la determinan libremente los socios.

La SARL aporta una importante seguridad jurídica, puesto que tanto su organización como su funcionamiento están detalladamente regulados en el Código de Comercio. De esta forma, los estatutos de la sociedad de responsabilidad limitada no pueden apartarse de una serie de normas establecidas por la ley.

El socio mayoritario gestor de una sociedad de responsabilidad limitada tiene la condición de autónomo (TNS). Como tal, está adscrito a la Seguridad Social de los Autónomos (SSI, ex-RSI).

[1] El administrador puede ser considerado responsable de las deudas de la empresa en caso de mala gestión.

La Société par actions simplifiée (SAS) o société par actions simplifiée unipersonnelle (SASU)

Es la forma jurídica más popular en Francia. La SAS permite a los socios organizar el funcionamiento de su empresa como mejor les parezca, ya que dispone de un estatuto flexible que permite determinar las normas de funcionamiento, incluyendo las modalidades de transmisión de las acciones, el nombramiento y cese de los administradores, los procedimientos de adopción de decisiones colectivas tales como requisitos de quórum y mayoría, derechos de veto, etc.

Este tipo de sociedad permite también una gran flexibilidad en cuanto al importe del capital y la responsabilidad de los socios se limita a sus aportaciones[1].

Otras ventajas de la constitución de una SAS es que el administrador de esta -denominado presidente-, puede ser tanto una persona física o como una persona jurídica (por ejemplo, otra sociedad).

Por último, la SAS está sometida al impuesto de sociedades, con una opción de impuesto sobre la renta en determinadas condiciones. Asimismo, sus dirigentes son asimilados a los asalariados, lo que conlleva su afiliación al régimen general de la seguridad social.

[1] El administrador puede ser considerado responsable de las deudas de la empresa en caso de mala gestión.

Asistencia en el procedimiento de inscripción de la empresa en el Registro mercantil

Nuestro equipo de abogados acompaña a las empresas en la realización de los trámites de inscripción en el Registro Mercantil francés competente.

El derecho francés prevé que las personas físicas con la condición de comerciante, así como las personas jurídicas, están obligadas a inscribirse en el Registro Mercantil[1].

Este registro exige toda una serie de requisitos formales para su inscripción en el Registro Mercantil, entre los cuales:

  • La publicación de un anuncio legal.
  • Presentación del expediente de registro completo en la Secretaría del Tribunal de Comercio al que pertenece la empresa y, por lo tanto, la cumplimentación de varios formularios específicos que contienen información jurídica, fiscal y social de la misma.
  • La publicación de un anuncio en el Bodacc (Bulletin officiel des Annonces Civiles et Commerciales). Este anuncio lo realiza el secretario del Tribunal de Comercio en el que se ha presentado el expediente completo.

Es importante precisar que el cumplimiento de todos estos trámites es fundamental para registrar su empresa ante el secretario del Tribunal de Comercio competente. Esto significa que, si no se realizan estos trámites, o si no se realizan correctamente, la empresa no podrá ser registrada y, por tanto, no habrá adquirido la personalidad jurídica necesaria para iniciar su actividad[2].

[1] Artículo. L123-1 y ss.
[2] Artículo L 210-6, apartado 1, del Código de Comercio francés.

Derecho societario

Nuestros letrados acompañan a los dirigentes en la preparación y el acompañamiento de las reuniones de los órganos sociales de sociedades filiales, tanto en asambleas generales ordinarias de aprobación de cuentas, como en asambleas extraordinarias.

El equipo del área societaria también acompaña a las empresas en operaciones societarias tales como:

  • Reestructuraciones y fusiones y adquisiciones de sociedades mercantiles(M&A),
  • Preparación de juntas de socios ordinarias y extraordinarias,
  • Negociación y conflictos entre socios,
  • Aumentos y reducciones de capital,
  • Modificaciones estatutarias,
  • Llevanza de la secretaría de sociedades,
  • Asesoramiento al Consejo de Administración sobre gobierno corporativo,

Nuestro equipo de Paris también acompaña a los empresarios en las formalidades de inscripción en el Registro Mercantil de todas las operaciones societarias efectuadas por nuestros clientes.

Contratación mercantil

Un buen asesoramiento en materia mercantil es una herramienta básica para el éxito de un proyecto empresarial en Francia. Nuestro equipo mercantil dispone de una formación jurídica española y francesa enfocada al asesoramiento en contratación tanto francesa como internacional.

En efecto, en el ámbito de la contratación mercantil, nuestro equipo de París interviene en la negociación y la redacción de todo tipo de acuerdos comerciales con empresas francesas.

En primer lugar, nuestro equipo de abogados asiste a nuestros clientes durante la fase precontractual, analizando las implicaciones legales de las cláusulas del contrato y acompañando a las empresas en la fase de negociación y redacción de este con una finalidad clara: la prevención de conflictos y litigios.

Nuestra expertise en el ámbito de la contratación mercantil se extiende a:

  • Análisis, negociación y redacción de contratos mercantiles: contratos de compraventa, contratos de agencia y distribución, contratos de prestación de servicios.
  • Redacción de condiciones generales de compraventa.
  • Resolución de conflictos: Ruptura de relaciones comerciales y competencia desleal.
  • El contrato de agencia comercial en régimen francés:
    • Ruptura de contratos de agencia comercial. Modalidades y formalismo. Plazo de preaviso.
    • Consecuencias: el derecho a indemnización del agente comercial.
    • La falta grave del agente comercial. Caracterización de los elementos constitutivos de la falta grave.
    • El importe de la indemnización por rescisión de contrato.
    • El plazo de reclamación de la indemnización por rescisión de contrato.

Contacto

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