En el marco de una filosofía de acompañamiento pluridisciplinar a empresas que operan en Francia, la oficina de París de MATIZ Abogados ofrece a sus clientes un asesoramiento jurídico-laboral en derecho francés.
El objetivo del departamento laboral es acompañar a las empresas españolas implantadas en Francia en su día a día en relaciones con los trabajadores, tanto en área de asesoramiento diario como en materia pre-contenciosa o contenciosa.
Nuestro asesoramiento laboral incluye:
- Redacción y negociación de contratos de trabajo y contratos de alta dirección.
- Ejecución de la relación laboral.
- Procedimiento sancionador y ruptura del contrato de trabajo.
- Asistencia jurídica en procedimientos contencioso-laborales: Inspecciones de trabajo jurisdicción laboral francesa: el Conseil de Prud’hommes.
- Asesoramiento en desplazamientos internacionales de trabajadores.
Redacción y ejecución de contratos de trabajo en régimen francés
La estructura de los contratos de trabajo en España suele responder a modelos más estandarizados, sin embargo, en régimen francés es más flexible y permite utilizar modelos no oficiales, siendo muy aconsejable dotarse de un asesoramiento jurídico experto en esta materia.
En materia de contratación laboral en régimen francés, asistimos a las empresas en la elección, negociación y redacción de contratos básicos en régimen francés: contrato de trabajo indefinido (CDI), el contrato de obra o del contrato de duración determinada (CDD), el contrato de duración determinada con objeto definido, etc. También asistimos a las empresas en la contratación temporal o a tiempo parcial.
Asistencia a empresas durante la ejecución de la relación laboral
Asimismo, nuestro equipo del área laboral acompaña a las empresas en toda la vida de la relación laboral empresario-asalariado, acompañando a las empresas en la aplicación de convenios colectivos en materias tales como la jornada laboral, horas extraordinarias, vacaciones, salario y retribuciones.
Asistencia legal en procedimientos de régimen sancionador de un trabajador y ruptura de contrato de trabajo
Nuestros abogados de París asesoran en procedimientos disciplinarios tanto de sanciones disciplinarias como de faltas constitutivas de procedimientos de despido.
Sanciones disciplinarias en régimen francés
Las sanciones disciplinarias (avertissement, blâme, mise à pied) pueden ser impuestas por el empresario dentro del marco de su poder disciplinario y sancionarán en mayor o menor medida las faltas cometidas por el trabajador en el ejercicio de su actividad laboral.
Es considerada como sanción cualquier medida adoptada por el empresario a raíz de una acción del trabajador que éste considere ilícita, independientemente de que dicha medida pueda afectar a la presencia del trabajador en la empresa, a su puesto, a su carrera o a su remuneración. Las llamadas al orden, las observaciones orales y las cartas de instrucción no constituyen sanciones disciplinarias.
La sanción requiere una falta imputable al trabajador, cuya gravedad se valorará según la escala de sanciones existente en la empresa, que va desde la simple amonestación hasta el traslado o el despido. Antes de imponer cualquier sanción, el empresario está obligado a respetar un procedimiento destinado a informar al trabajador afectado y permitirle defenderse.
La sanción debe constar por escrito y el procedimiento debe iniciarse en un plazo de dos meses a partir de la fecha en que el empresario tuvo conocimiento de la mala conducta del trabajador. Transcurrido este plazo, la falta prescribe.
Procedimientos de ruptura del contrato de trabajo. La ruptura convencional y el despido.
La legislación laboral francesa exige el respeto de un formalismo particular en materia sancionadora y tanto por faltas de los trabajadores como en última instancia en procedimientos de despidos. El empresario está obligado a respetar unas normas muy estrictas en todos los pasos del procedimiento, en su defecto se aplicarán sanciones.
Nuestros abogados de la oficina de París acompañan a las empresas para proceder a la ruptura de la relación laboral, asistiendo a nuestros clientes en procedimientos tanto de ruptura convencional como en procedimientos de despido.
Procedimientos de ruptura convencional (rupture conventionnelle)
La rescisión convencional del contrato de trabajo es un procedimiento que permite al empresario y al trabajador acordar conjuntamente las condiciones de rescisión del contrato de trabajo entre ambos. Sólo es posible para los contratos de trabajo indefinidos (CDI).
La rescisión contractual es exclusiva del despido o la dimisión; no puede ser impuesta por ninguna de las partes.
Es el resultado de un acuerdo firmado por las partes del contrato, es decir, el empresario y el trabajador; este acuerdo está sujeto a las disposiciones obligatorias establecidas en el Código de Trabajo (véase más adelante), que tienen por objeto garantizar la libertad de consentimiento de las partes.
El régimen francés distingue el despido por motivos personales (licenciement pour motif personnel) del despido por motivos económicos. El despido por motivos personales se basa en el comportamiento del trabajador (mala conducta, etc.), la inadecuación profesional, etc.
Para que el despido por motivos personales sea considerado como sea válido, la causa debe ser real y grave. En caso contrario, el despido se califica como injustificado o abusivo.
El despido por razones económicas (licenciement pour motif economique) es un despido efectuado por un empresario por una o varias razones no inherentes a la persona del trabajador que resulta de la supresión o de la transformación de un puesto de trabajo o de la modificación, rechazada por el trabajador, de un elemento esencial del contrato de trabajo, a raíz, en particular, de dificultades económicas, de cambios tecnológicos, de una reorganización de la empresa necesaria para salvaguardar su competitividad o del cese de la actividad de la empresa
Asistencia jurídica en procedimientos contenciosos-laborales. La inspección de trabajo y la jurisdicción laboral
Asistencia durante la inspección de trabajo
Los inspectores de trabajo se encargan de controlar la aplicación de la legislación laboral (código laboral, convenios colectivos) en todos sus aspectos: salud y seguridad, funcionamiento de los órganos de representación del personal (comité social y económico, etc.), horarios de trabajo, contratos de trabajo y empleo ilegal.
Así, el inspector de trabajo tiene derecho de entrada y visita[1] en el lugar en el cual la empresa desarrolla su actividad (local, obra de construcción, …). Puede entrar libremente en su empresa a cualquier hora del día o de la noche, sin previo aviso. Por lo tanto, cuando desee realizar una inspección, no está obligado a informar con antelación.
[1] Artículo R8113-1 del Código laboral francés.
Si el inspector constata una falta por parte de la empresa, establece un informe en el cual indica que considera que se tiene que infringir una sanción administrativa. Este informe debe precisar cuál es la reglamentación legal que ha sido infringida y las faltas que ha constatado y que considera caracterizadas. Tras este informe, la empresa tiene la posibilidad de rebatir y enviar los justificativos que considere pertinentes.
En este punto, antes de responder es aconsejado ser asesorado jurídicamente para verificar si el análisis jurídico efectuado por la inspección es o no conforme a derecho.
Una vez examinada la respuesta de la empresa, el inspector enviará un nuevo informe en el cual indica cuál es la multa administrativa que prevé aplicar, basándose sobre aquellos hechos concretos que le permiten verificar que hay una falta por parte del empleador. Por su parte, tras este informe, el empresario también está en disposición de contestar con las informaciones que considere pertinente.
Por último, la inspección laboral notifica su decisión de sanción, siempre teniendo en cuenta la argumentación de la empresa. En caso de sanción, esta es susceptible de recurso en el Tribunal administrativo francés.
Procedimiento en el Conseil de prud’hommes
En materia laboral, nuestra filosofía es buscar en primer lugar la solución negociada a una eventual ruptura con el trabajador. En caso de imposibilidad, nuestros abogados pueden intervenir en toda Francia en las jurisdicciones laborales (Conseil de prud’hommes)
El Conseil de prud’hommes (CPH) puede ser llamado para resolver cualquier conflicto que surja entre el trabajador y el empresario durante la relación laboral o con motivo de la finalización del contrato.
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